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LOS DERECHOS HUMANOS Y LA
AUTODETERMINACION. EL CASO DE CUBA

Autores: Cuauhtémoc Amezcua Dromundo. Coordinador. Carmen Chinas Salazar, Martha Elvia García García, José Santos Cervantes, Santos Urbina Mendoza. Coautores. Edición: Nueva Democracia, APN y Movimiento Juarista Bolivariano por la Soberanía y la Unidad de América Latina y el Caribe. México. 2003.
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Los derechos democráticos en Cuba

Por José Santos Cervantes

Uno de los pilares de la campaña contra Cuba es el que cuestiona su sistema político y electoral. Tal cuestionamiento pretende demostrar la incompatibilidad del sistema político que establece la Constitución del país con las normas internacionalmente aceptadas en materia de democracia y derechos humanos. Quienes objetan el sistema político y electoral cubano pretenden proyectar la imagen de una sociedad intolerante, que no permite la más mínima diversidad ni pluralidad política.

Cuba se defiende y se apoya en el derecho de los pueblos a la libre determinación, reconocido internacionalmente como un derecho inalienable en el consenso alcanzado en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena, en 1993. En la propia Declaración y Programa de Acción de Viena se estableció, asimismo, que “la democracia se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, para determinar su propio régimen político, económico, social y cultural, y en su plena participación en todos los aspectos de la vida”, y se reconoció la importancia “de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos”.(101)

En ejercicio de este derecho, Cuba ha construido un régimen político y electoral que no es una democracia representativa. Su Constitución la define como una democracia socialista(102). Declara que se trata de un modelo escogido y defendido por los propios cubanos, genuinamente autóctono y auténtico, fundamentado en la igualdad y solidaridad entre los hombres y mujeres, en la independencia, la soberanía y la justicia social.(103)

Cuba tiene otros argumentos. Declara que ya conoció el modelo que hoy intentan imponerle desde fuera, el de la democracia representativa. Que fue una triste experiencia la de ese sistema “pluripartidista” y “representativo”, que le recetó Estados Unidos, y que trajo como consecuencia la dependencia externa, la corrupción, el analfabetismo y la pobreza de amplios sectores de la población; el racismo, en resumen, la completa negación de los más elementales derechos individuales y colectivos, incluido el derecho a unas elecciones verdaderamente libres y democráticas.

Por todo ello, declara que la Revolución Cubana no podía asumir este sistema si verdaderamente quería resolver los males heredados, producto de éste. Por ello fue que el país se enfrascó en diseñar su propio modelo, para lo cual hurgó en sus propias raíces y acudió al pensamiento social, humanista y patriótico de los más preclaros próceres de la nación cubana.

Ahora bien, el régimen político cubano ¿viola o contradice lo que a este respecto establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos? Veamos:

DH. “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.(104)

RC. “El Estado consagra el derecho conquistado por la Revolución de que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana:

- Tienen acceso, según méritos y capacidades, a todos los cargos y empleos del Estado, de la Administración Pública y de la producción y prestación de servicios;

- Ascienden a todas las jerarquías de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y de la seguridad y orden interior, según méritos y capacidades”.(105)

“La condición de diputado no entraña privilegios personales ni beneficios económicos. Durante el tiempo que empleen en el desempeño efectivo de sus funciones, los diputados perciben el mismo salario o sueldo de su centro de trabajo y mantienen el vínculo con éste a todos los efectos”.(106)

“Todos los ciudadanos, con capacidad legal para ello, tienen derecho a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes elegidos para integrar los órganos del Poder Popular, y a participar, con este propósito, en la forma prevista en la ley, en elecciones periódicas y referendos populares, que serán de voto libre, igual y secreto. Cada elector tiene derecho a un solo voto”.(107)

“Tienen derecho a ser elegidos los ciudadanos cubanos, hombres o mujeres, que se hallen en el pleno goce de sus derechos políticos”.(108)

Características del sistema político y electoral cubano

Antes de describir el sistema político y electoral cubano, conviene establecer qué es lo que a este respecto señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Lo referente a los derechos democráticos, lo establece su artículo 21, a saber:

“Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.(109)

Ahora veamos sobre qué bases funciona el sistema cubano.

Su base constitucional se establece en los artículos 3° y 131:

“Artículo 3°. En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente por las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan en la forma y según las formas fijadas por la Constitución y las Leyes”.

“Artículo 131. Todos los ciudadanos, con capacidad legal para ello, tienen derecho a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes elegidos para integrar los órganos del Poder Popular, y a participar, con este propósito, en la forma prevista en la ley, en elecciones periódicas y referendos populares, que serán de voto libre, igual y secreto. Cada elector tiene derecho a un solo voto”.(110)

Como se ve, la norma constitucional cumple con todos los requisitos del artículo 21 antes citado.

Sin embargo, el hecho es que Cuba tiene un sistema político que en nada concuerda con los requisitos de las democracias representativas liberales, que han sido planteados, entre muchos otros, por autores tales como Huntington, Linz, Friedrich y Brzerzinski.(111)

No hay dos o más partidos políticos que se disputen el sufragio de los ciudadanos en “elecciones competidas”.

No existe la oposición política organizada, ni posee órganos de prensa, ni ha ganado elecciones.

El principal dirigente político del país, el comandante Fidel Castro, no fue elegido recientemente para ascender por la primera vez al cargo, sino que tiene ya más de cuarenta años ejerciendo ese nivel de responsabilidad.

Existe una economía socialista planificada, que en lo esencial está dirigida de manera centralizada, en contraposición con la llamada economía de mercado que propugnan el liberalismo y el neoliberalismo.
Hay un partido único que enarbola lo que los cuatro autores citados arriba denominarían “una ideología oficial”. El Partido Comunista de Cuba, en efecto, se proclama martiano y marxista-leninista(112). Ahora bien, en contra de los que desliza la propaganda contra Cuba, el Partido Comunista de Cuba no es un partido como los que conocemos en nuestros países. No participa en los procesos electorales, no postula candidatos a puesto alguno de elección. Tampoco es requisito que quienes participan en las elecciones a esos puestos sean miembros del partido.

Por otra parte, en el sistema electoral cubano existe el sufragio universal, masculino y femenino, activo y pasivo, desde los 16 años. Es decir, desde esa temprana edad todos los jóvenes tienen derecho a sufragar y a ser electos delegados (ediles, regidores o concejales), a excepción de los niveles provincial y nacional, en los que se requieren 18 años para ser electos. Los electores ejercitan su derecho con libertad, en absoluto secreto. Para cada puesto de elección popular, participan dos o más aspirantes, no hay candidatos únicos. A veces la elección resulta tan reñida que tiene que dirimirse en una segunda vuelta. Estas son algunas de las peculiaridades del régimen electoral de Cuba.

El Partido Comunista, como se dijo, no postula candidatos ni compite en las elecciones. No es un partido electoral. No “juega en el concepto clásico de partido en otros lugares... No es un partido para ganar bancas en la Asamblea Nacional, municipal o provincial...” (113)

Ahora bien, si no surgen del Partido Comunista de Cuba, que no tiene esa función, ni de algún otro partido, que no existen, ¿de dónde surgen las candidaturas? ¿Cómo se postulan? Surgen, de la base del pueblo, diríase, de la sociedad civil. Se postulan en asambleas de carácter territorial que comprenden áreas de entre 750 y 2800 habitantes, en las que se divide cada municipio.

Reunida la asamblea, a la que asisten todos los vecinos, cualquiera de ellos tiene derecho de proponer a cualquiera otro, respaldando su propuesta con una argumentación de por qué le parece que debe ser elegido. La ley exige que participen por lo menos dos candidatos, pero a menudo el número es mucho mayor. Las diversas propuestas son sometidas a votación abierta entre todos los presentes y el que recibe más votos queda electo. Hay quienes han hecho notar que ese procedimiento se asemeja a la democracia ateniense, con discusión y votación personal y directa de todos los involucrados. En las elecciones de 1992 hubo 24,215 asambleas de vecinos de este tipo.

Este mecanismo, por lo que se refiere a las elecciones municipales, data de la ley electoral de 1976 y se mantiene vigente hasta hoy(114). Sin embargo, las de los niveles provincial y nacional según aquella ley eran indirectas y estaban a cargo de las asambleas municipales. En la ley electoral de 1992 se introdujo la modificación de que también los delegados y los diputados a las asambleas provinciales y a la Asamblea Nacional serían electos por voto universal, directo y secreto.

El Jefe de Estado es elegido por el parlamento, tal y como ocurre en muchos otros países del mundo, que en el caso de Cuba está integrado por 609 diputados(115). Resulta también interesante recordar que la última elección de Estados Unidos fue decidida por un tribunal integrado por cinco o seis individuos nada más. Estos personajes prefirieron a George W. Bush sobre Al Gore, no obstante que este último tuvo mayor número de votos de los ciudadanos que Bush. Y además, a pesar de que el primero se vio involucrado en un sucio procedimiento de alteración electoral realizado en Miami.

Ahora bien, cotejemos las siguientes reglas del sistema electoral cubano con lo que establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

1. Inscripción universal, automática y gratuita de todos los ciudadanos con derecho al voto, a partir de los 16 años de edad.

2. Postulación de los candidatos directamente por los propios electores en asambleas públicas. Mientras que en la mayoría de los países capitalistas son los partidos políticos los que nominan a los candidatos.

3. Inexistencia de campañas electorales discriminatorias, millonarias, ofensivas, difamatorias y manipuladas. En efecto, mientras que en los países capitalistas las campañas electorales son cada vez más costosas y despilfarradoras, cuestión que impide la real participación de la mayoría del pueblo, porque en estas condiciones a ésta sólo le permite elegir y no ser electo. Este queda como derecho casi exclusivo, de los sectores económicamente poderosos de la sociedad o sus representantes.(116)

Como se ve, estas tres reglas satisfacen los postulados del documento citado mejor que la democracia representativa de cualquier país capitalista. Pero hay más:

No existe la manipulación mediática del electorado, como se da en todos los países capitalistas, donde a través de campañas mercadotécnicas, imponen a los candidatos que mejor representan los intereses de las minorías opulentas, y que pueden ser los individuos más incapaces, mentirosos y corruptos.

4. Total limpieza y transparencia en las elecciones. Las urnas son custodiadas por niños y jóvenes pioneros, se sellan en presencia de la población, y el conteo de los votos se hace de manera pública, pudiendo participar la prensa nacional y extranjera, diplomáticos, turistas y todo el que lo desee.

El proceso electoral es uno de los menos costosos del mundo, puesto que se ha desterrado el fraude y la manipulación del voto. No es necesario contar con un aparato burocrático ni con costosas campañas para la promoción del voto, a fin de desalentar el abstencionismo que cada vez es mayor. Además los procesos electorales cubanos son también los más confiables y abiertos del mundo. No así en los países capitalistas, empezando por el de los Estados Unidos.

5. Obligación de que todos los electos lo sean por mayoría. El candidato sólo es electo si obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos. Si este resultado no es alcanzado en la primera vuelta, como se dijo antes, irán a la segunda los dos que más votos obtuvieron.

El sistema electoral cubano y la participación mayoritaria de los ciudadanos en la elección de sus autoridades garantizan que éstas sean electas por la mayoría de los electores y no como sucede en la mayoría de los países capitalistas, donde gana el que obtenga más votos, aunque haya votado una minoría.

6. El voto es libre, igual y secreto. Todos los ciudadanos cubanos tienen el derecho a elegir y ser elegidos. Como no hay lista de partidos, se vota directamente por el candidato que se desee.

Contrariamente a lo que sucede en la mayoría de los países capitalistas, donde son los partidos los únicos que legalmente tienen facultades para postular candidatos y son los que tienen recursos para pagar las cada vez más costosas campañas electorales. En Cuba, todos los ciudadanos pueden hacer efectivo su derecho a ser electos porque no hay partidos y el PCC, como ya se dijo, no postula, simplemente necesita ser postulado o postularse.

7. Todos los órganos representativos del Poder del Estado son elegidos y renovables.

En Cuba existe el derecho a ser reelecto, esto permite asegurar la continuidad del proceso revolucionario, pero a su vez que la mayor parte de los integrantes de los órganos colegiados del gobierno puedan ser renovados. Obsérvese que en Cuba no ha pasado lo que ocurría en la Unión Soviética y otros Estados que construían un proyecto socialista en Europa, donde los cuerpos directivos llegaron a estar integrados, como regla general, por ancianos de más de 70 u 80 años. Cuba, por el contrario, ha formado una dirigencia que reúne varias generaciones.

En los países capitalistas también existe la renovación pero cualitativamente distinta, porque son únicamente los grupos económicamente poderosos los que en realidad se alternan en el poder, en afán de conservar sus privilegios. El ejemplo más sobresaliente es Estados Unidos, donde los dos partidos representan los intereses de la minoría y no los de la mayoría.

8. Todos los elegidos tienen que rendir cuenta de su actuación.

El pueblo cubano es uno de los más cultos sobre la Tierra, es muy difícil que un representante pueda sorprender a sus representados con informes de su labor que no sean verídicos. Mientras que en los países capitalistas donde existe esta obligación, se cumple sólo de manera formal.

9. Todos los elegidos pueden ser revocados en cualquier momento de su mandato.

El pueblo cubano también es muy exigente para con sus representantes en todos los niveles, de tal forma que al que no cumple o se aparta de los intereses populares o nacionales, inmediatamente se le revoca su mandato. Esto no sucede en la mayoría de los países capitalistas, aunque en algunos de ellos exista tal disposición legal, incluso tiene que llegar a la rebelión popular para revocar el mandato de algún representante.

10. Los diputados y delegados no son profesionales, por tanto no cobran salario.(117)

En ningún país capitalista, se da este hecho. Por el contrario, la pelea entre miembros de un mismo partido por una candidatura, se da de manera encarnizada por todos los privilegios económicos de que gozan quienes ocupan un puesto de representación, véase, en el caso de México, lo que sucede en los tres partidos con más votos, el PRI, el PAN y el PRD, donde tales pleitos llegan a ser terribles y escandalosos. Es decir, contrariamente a lo que sucede en Cuba, donde la preocupación esencial de los representantes es la defensa de los intereses populares y nacionales, en los países capitalistas, como el nuestro, lo que priva es la defensa de los intereses personales y de quienes los impusieron.

11. Alta participación del pueblo en las elecciones. En todos los procesos electorales que se han celebrado desde el año 1976, han participado más del 95% de los electores. En las últimas elecciones para Diputados celebradas en este año de 2003 votaron un 97.61% de los electores, resultaron válidos el 96.14% de los votos emitidos, fueron anuladas el 0.86% de las boletas y depositadas en blanco sólo el 3%.(118)

Resalta el hecho de que contrariamente a lo que sucede en Cuba, en la inmensa mayoría de países capitalistas, lo que va en aumento es el abstencionismo del electorado.

Y otro hecho muy significativo: Washington y la mafia de Miami promueven de modo intenso el rechazo de los cubanos a las elecciones. A través de la radio y la televisión transmitida desde Miami, desde embarcaciones cercanas a las costas de Cuba y con frecuencia desde aviones que sobrevuelan La Habana y otras ciudades, tratan de convencer a los cubanos de que aprovechen el voto secreto para manifestar su descontento contra el sistema. Les piden que voten en blanco o que anulen su voto. Este es, de algún modo, un indicador al respecto. Sólo el 3.86% del total de los ciudadanos que votaron lo hicieron en blanco o anularon el voto. Y no todos ellos, como un acto político; sin duda hubo los que anularon el voto por error.

12. Los Diputados a la Asamblea Nacional (Parlamento) se eligen para un mandato de 5 años.

13. La integración del Parlamento es representativa de los más disímiles sectores de la sociedad cubana.

14. Se elige un diputado por cada 20,000 habitantes o fracción mayor de 10,000. Todos los territorios municipales están representados en la Asamblea Nacional, y el núcleo base del sistema, la circunscripción electoral, participa activamente en su composición. Cada municipio elegirá como mínimo dos diputados, y a partir de esa cifra, se elegirán proporcionalmente tantos diputados como habitantes existan. El 50% de los diputados tienen que ser delegados de las circunscripciones electorales, los cuales tienen que vivir en el territorio de la misma.

15. La Asamblea Nacional elige, de entre sus diputados, al Consejo de Estado y al Presidente del mismo. El Presidente del Consejo de Estado es Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. Ello quiere decir que el Jefe del Gobierno cubano tiene que someterse a dos procesos electorales: primero tiene que ser electo como diputado por la población, por el voto libre, directo y secreto, y después por los diputados, también por el voto libre, directo y secreto.

16. Al ser la Asamblea Nacional el Órgano Supremo del Poder del Estado y estarle subordinada a ella las funciones legislativas, ejecutivas y judiciales, el Jefe de Estado y de Gobierno no puede disolverla.

Lo anterior significa que, contrariamente a lo que difunde la propaganda contra Cuba, Fidel Castro no tiene todo el poder en sus manos. El poder supremo radica en este órgano colectivo, la Asamblea Nacional, integrado, como ya se dijo, por 609 diputados.

17. La iniciativa legislativa es patrimonio de múltiples actores de la sociedad, no sólo de los diputados, del Tribunal Supremo y la Fiscalía, sino también de las organizaciones sindicales, estudiantiles, de mujeres, sociales y de los propios ciudadanos, requiriéndose en este caso que ejerciten la iniciativa legislativa 10,000 ciudadanos como mínimo que tengan la condición de electores.

18. Las leyes se someten al voto mayoritario de los diputados. Lo específico del método cubano es que una ley no se lleva a la discusión del plenario hasta tanto, mediante consultas reiteradas a los diputados y teniendo en cuenta las propuestas que han hecho, quede claramente demostrado que existe el consentimiento mayoritario para su discusión y aprobación. La aplicación de este concepto adquiere relevancia mayor cuando se trata de la participación de la población, conjuntamente con los diputados, en el análisis y discusión de asuntos estratégicos. En esas ocasiones el Parlamento se traslada a los centros laborales, estudiantiles y campesinos, haciéndose realidad la democracia directa y participativa.(119)

Esto no existe en los países capitalistas, donde es una minoría del Parlamento la que tiene acceso a la información de las iniciativas y es la que decide si se aprueban o no. En cambio en Cuba, una iniciativa que revista importancia, puede llevarse a la discusión y análisis de todo el pueblo, como se hizo recientemente para modificar la Constitución cubana, para introducir, la irrevocabilidad del sistema socialista. La cual fue aprobada por más del 90 por ciento de los cubanos, antes de pasar al Parlamento.

Por otra parte, es útil subrayar que el sistema político cubano no es importado, nunca fue una copia del modelo soviético ni del existente en los países socialistas en aquel momento. El sistema político de Cuba nace y se corresponde con el devenir de la evolución histórica del proceso político-social de la nación cubana, con sus aciertos y desaciertos, con sus avances y retrocesos. El hecho de que la formación y desarrollo de la nación cubana durante sus apenas 130 años de existencia haya enfrentado prácticamente los mismos factores externos e internos, favoreció una historia coherente, permitiendo desarrollar la idea de construir una nación forjada por los propios cubanos.

La existencia de un solo partido en el sistema cubano está determinada, entre otros, por factores históricos y contemporáneos. El Partido Comunista Cubano es la continuidad histórica del Partido Revolucionario Cubano que fundó José Martí para unir a todo el pueblo con el objetivo de alcanzar la plena independencia de Cuba. Aquellos factores que dieron origen a dicho partido, liberar a Cuba e impedir su anexión a los Estados Unidos, son los mismos que están presentes hoy cuando ese pueblo enfrenta un férreo bloqueo económico, comercial y financiero y otras acciones hostiles que tienen como objetivo deponer al gobierno y destruir el sistema instaurado en el país por decisión soberana de todos los cubanos.

El PCC asume su papel de guía, de educador político e ideológico, difunde la historia del país, explica las causas de los problemas nacionales y cómo enfrentarlos. Esta labor la desarrolla mediante la persuasión, el convencimiento y en estrecha y permanente vinculación con las masas. Las decisiones que adopta son de obligatorio cumplimiento únicamente para sus militantes, que son los ciudadanos más destacados en el terreno laboral e intelectual, y están pertrechados de la más elevada moral. No tienen otro privilegio que servir de manera desinteresada desde el punto de vista personal, a su patria y a su pueblo. El PCC por tanto, no es un partido electoral y le está prohibido no sólo nominar candidatos, sino participar en cualquier otro momento del proceso electoral. Esta concepción y esta práctica, garantizan que en un sistema donde existe un solo partido, se desarrolle y prevalezca la más amplia pluralidad de opiniones.

Lo expresado hasta aquí pone de manifiesto la esencia de la democracia cubana, del sistema que ha instituido, refrendado y que es apoyado por la inmensa mayoría de los cubanos.

Sin duda que alguien puede argumentar, que no se ha alcanzado un nivel de desarrollo democrático perfecto. Sin embargo, su valor radica en su capacidad para el constante perfeccionamiento en función de las necesidades planteadas para la realización de una participación plena, verdadera y sistemática del pueblo en la dirección y el control de la sociedad, esencia de toda democracia.

En conclusión podemos afirmar lo siguiente. En primer lugar, es claro que el pueblo cubano tiene pleno derecho a darse el régimen político que mejor convenga a sus intereses. Tiene pleno derecho a diseñar su sistema democrático. No hay razón válida para que Estados Unidos trate de imponerle uno a su gusto. Y en segundo lugar, es claro que el régimen cubano en nada viola lo establecido por la Carta Universal de los Derechos Humanos en lo que se refiere a los derechos democráticos. Al contrario, los respeta a plenitud. Los cumple de mucho mejor manera que cualquiera de las democracias representativas que existen en países capitalistas, aun de las que pretenciosamente algunos autores llaman “democracias maduras o consolidadas”.

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Notas:

101. Ver la página Web de la ONU, http://www.onu.org/documentos/confViena.htm
102. Artículo 68 de la Constitución de la República de Cuba.
103. Ver El sistema político y electoral cubano. Página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (MINREX), http://www.cubaminrex.cu/Enfoques/ddhh_sistema%20politico%20y%20electoral_tc.htm.
104. Artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
105. Artículo 43 de la Constitución de la República de Cuba.
106. Artículo 82 de la Constitución de la República de Cuba.
107. Artículo 131 de la Constitución de la República de Cuba.
108. Artículo 133 de la Constitución de la República de Cuba.
109. Ver la Declaración Universal de los Derechos Humanos, op. cit.
110. Constitución de la República de Cuba, op cit.
111. Ver, Samuel P. Huntington. La tercera ola. La democratización a finales del siglo XX, Barcelona, Ediciones Paidós Ibérica, S.A., 1994. Juan, J. Linz. "Una teoría del régimen autoritario. El caso de España", en Fraga, M. et. al. La España de los 70, Vol. 3, Título I, "El Estado y la política. Madrid", Moneda y Crédito, 1974. Friedrich, C. J. y Brzezinski, Z. Totalitarian dictatorship and autocracy, Cambridge, Mass. Harvard University Press, 1956.
112. Así lo define el artículo 5 de la Constitución de la República de Cuba.
113. Declaración de Carlos Amat, presidente de la Comisión Electoral Nacional para los comicios generales de 1992-93, recogida por Miguel Lozano en "A las urnas desde el barrio", Mirta Muñiz, Elecciones en Cuba, ¿farsa o democracia? Melbourne, Australia, Ocean Press, 1993, p. 43.
114. Miguel Lozano. "A las urnas desde el barrio", en Muñiz, Mirta. Ibidem.
115. Resulta interesante hacer la comparación con los Estados Unidos, donde la elección del Presidente, que es indirecta, la realizan 538 compromisarios. Sin embargo, este país tiene 170 millones de habitantes, y Cuba, 11 millones.
116. Ver la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (MINREX)..., op. cit
117. Con relación a todos los numerales anteriores, ver Constitución..., op cit. Ver también la Ley Electoral de Cuba (Ley No. 72) Publicada en La Gaceta Oficial No. 9 del 2 de noviembre de 1992. Ver asimismo la página web del MINREX ya citada.
118. María Julia Mayoral. "91.35 por el voto unido", en Diario Granma, Núm. 190. La Habana, miércoles 9 de julio de 2003. http://www.granma.cubaweb.cu/secciones/mesa/mesa42.htm
119. Con relación a los numerales del 11 al 18, ver Constitución..., op cit. Ver también la Ley Electoral de Cuba..., op. cit. Ver asimismo la página web del MINREX..., op. cit.

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